Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2018, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se extingue la autorización del Centro Privado de Educación Infantil "Es-Cool" de Zaragoza, por cese de actividades.

Publicado el 08/10/2018 (Nº 195)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Vista la solicitud de extinción de la autorización por cese de actividades docentes formulada por la representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil "Es-Cool" de Zaragoza, código de centro 50019160, con domicilio en el Paseo del Botánico, 2 (Parque Metropolitano del Agua) de Zaragoza.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y en virtud de las competencias previstas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Acordar, a instancia de la parte interesada, la extinción de la autorización del Centro Privado de Educación Infantil "Es-Cool" código número 50019160, con domicilio en el Paseo del Botánico, 2 (Parque Metropolitano del Agua) de Zaragoza, por haber cesado de hecho en la actividad docente para la que fue autorizado.

Segundo.- La presente extinción de la autorización se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", y se comunicará de oficio al Registro de centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos establecidos por la normativa vigente en materia de autorización de centros docentes privados.

Cuarto.- La extinción de la autorización surtirá efectos a partir del inicio del curso escolar 2018/2019.

Quinto.- Contra esta resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, ante la Consejera de Educación Cultura y Deporte, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 18 de septiembre de 2018.

El Director General de Planificación y Formación Profesional, RICARDO ALMALÉ BANDRÉS